10 de abril de 2024

(Continuación) RESOLUCIÓN 1403 de 2007 CAPÍTULO II SERVICIO FARMACÉUTICO CONSERVACIÓN DE LA CALIDAD. El servicio farmacéutico dispondrá de mecanismos y realizará las acciones que permitan conservar la calidad de los medicamentos y dispositivos médicos que estén a su cargo y ofrecerá la información para que ésta se conserve una vez dispensado. Esta responsabilidad también estará a cargo de cada uno de los actores que intervengan en los procesos de recepción y almacenamiento, transporte y distribución física de medicamentos y dispositivos médicos, garantizándose las condiciones establecidas por el fabricante en el empaque y la trazabilidad de los mismos. CONTINUIDAD. Información para que ésta se conserve una vez dispensado. Esta responsabilidad también estará a cargo de cada uno de los actores que intervengan en los procesos de recepción y almacenamiento, transporte y distribución física de medicamentos y dispositivos médicos, garantizándose las condiciones establecidas por el fabricante en el empaque y la trazabilidad de los mismos. EFICACIA. El servicio farmacéutico garantizará a sus usuarios, beneficiarios y destinatarios el cumplimiento de los objetivos de las prestaciones ofrecidas, dando cumplimiento a las respectivas normas sobre control, información y gestión de la calidad. Igualmente, contribuirá en el cumplimiento del propósito de la farmacoterapia ordenada por el facultativo. EFICIENCIA. El servicio farmacéutico contará con una estructura administrativa racional y los procedimientos necesarios para asegurar el cumplimiento de sus funciones, utilizando de manera óptima los recursos humanos, físicos, financieros y técnicos.
Continuación RESOLUCIÓN 1403 de 2007 CAPÍTULO II SERVICIO FARMACÉUTICO OBJETIVOS. En desarrollo del artículo 6° del Decreto 2200 de 2005, el servicio farmacéutico tendrá como objetivos primordiales los siguientes: 1. Promoción. Promover y propiciar estilos de vida saludables y el uso adecuado de medicamentos y dispositivos médicos. 2. Prevención. Prevenir factores de riesgo derivados del uso inadecuado de medicamentos y dispositivos médicos, así como los problemas relacionados con su uso. 3. Suministro. Suministrar los medicamentos y dispositivos médicos e informar a los pacientes sobre su uso adecuado. 4. Atención farmacéutica. Ofrecer atención farmacéutica a los pacientes que la requieren, realizando las intervenciones necesarias para el cumplimiento de la farmacoterapia prescrita por el facultativo. 5. PRINCIOS. El servicio farmacéutico tendrá como guía permanente de sus actividades los principios fijados en la Constitución, la ley y las demás disposiciones del orden nacional relacionadas con la atención en salud, así como los que se determinan a continuación: ACCESIBILIDAD. El servicio farmacéutico dentro del marco de sus funciones, garantizará a sus usuarios, beneficiarios, destinatarios y a la comunidad, los medicamentos y dispositivos médicos, la información y asesoría en el uso adecuado de los mismos, para contribuir de manera efectiva a la satisfacción de las necesidades de atención en salud.
RESOLUCIÓN 1403 DE 2007 Por la cual se determina el Modelo de Gestión del Servicio Farmacéutico, se adopta el Manual de Condiciones Esenciales y Procedimientos y se dictan otras disposiciones. CAPÍTULO I OBJETO DE LA NORMA La presente resolución tiene por objeto determinar los criterios administrativos y técnicos generales del Modelo de Gestión del Servicio Farmacéutico y adoptar el Manual de condiciones esenciales y procedimientos del Servicio Farmacéutico. CAMPO DE APLICACIÓN El Modelo de Gestión del Servicio Farmacéutico y el Manual de Condiciones Esenciales y Procedimientos, así como las demás disposiciones contenidas en la presente resolución, se aplicarán a toda persona que realice una o más actividades y/o procesos del servicio farmacéutico, especialmente, a los prestadores de servicios de salud, incluyendo a los que operen en cualquiera de los regímenes de excepción contemplados en el artículo 279 de la Ley 100 de 1993 y a todo establecimiento farmacéutico donde se almacenen, comercialicen, distribuyan o dispensen medicamentos y dispositivos médicos o se realice cualquier otra actividad y/o proceso del servicio farmacéutico. PARÁGRAFO 1ª. Los laboratorios farmacéuticos se someterán a las disposiciones contenidas en la presente resolución y en el manual que se adopta a través de la misma, en relación con las actividades y/o procesos de transporte, distribución y la entrega física en la cadena de los medicamentos y dispositivos médicos. Las demás actividades y/o procesos relacionados con las Buenas Prácticas de Manufactura (BPA), continuarán regidos por las normas vigentes. PARÁGRAFO 2ª. Las disposiciones de la presente resolución y del manual que adopta, se aplicarán a las Agencias de Especialidades FarmacéuticaS, Depósitos de Drogas, FarmaciaDroguería, Droguería, establecimientos farmacéuticos de que trata el inciso primero del parágrafo quinto del artículo 11 del Decreto 2200 de 2005, almacenes de cadena o de grandes superficies por departamentos de que trata el inciso segundo del artículo 1º del Decreto 3050 de 2005 y servicios farmacéuticos de instituciones prestadoras de servicios de salud cuando realicen procesos de selección, adquisición, recepción y almacenamiento y distribución de dispositivos médicos. Los demás establecimientos y personas que realicen actividades de fabricación, importación, acondicionamiento y distribución de dispositivos médicos quedarán sometidos a lo previsto en el Decreto 4725 de 2005 y las demás disposiciones que los modifiquen, adicionen o sustituyan. La inspección, vigilancia y control de los establecimientos farmacéuticos y Servicios Farmacéuticos y Servicios Farmacéuticos de las Instituciones prestadoras de los servivios de salud sometidas a las disposiciones del Decreto 2200 /2005 y el manual de almanamiento y acondicionamiento. CONTINÚA. ----------

23 de febrero de 2024

REVOLUCIÓN ENERGÉTICA DEL SIGLO XXI Álvaro E. Calderón P. Febrero/ 2024 Fracturación hídrica Vs Energías renovables. El gran desarrollo económico de los primeros pueblos del mundo, se debe a la interacción manual aplicada a los diferentes menesteres de la cotidianidad en aras del mejoramiento de la calidad de vida, desde los primigenios humanos hasta nuestros días; en los cuales el cerebro fue tomando y desarrollando aptitudes manuales para los diferentes aconteceres del que hacer, del saber hacer y de los procesos metodológicos para la evaluación dinámica del empirismo hídrico y su aplicabilidad a las energías renovables, como fruto del desarrollo en la revolución energética, como medio para su aprovechamiento. No obstante, el caucho es una fuente de energía, que revolucionó el desarrollo industrial, comercial y académico en todos los ámbitos humanos. La industria del caucho, como energía renovable, comenzó poco después del descubrimiento de América, cuando los indígenas hacían pelotas con este látex y las utilizaban para jugar; este maravilloso producto lo obtenían del árbol de Hevea, cuya sabia es una sustancia viscosa, que dentro del ámbito científico se denominó “Hevea Brasilienses, jacio del Orinoco, shiringa o siringueira, caucho de Pará, caucho y hule entre otros” El caucho como energía renovable, experimenta un alto crecimiento en el desarrollo industrial e intergeneracional alrededor del mundo, dentro de una gran variedad de productos, a lo largo y ancho de los requerimientos industriales para el uso cotidiano de innumerables dispositivos, a saber: Equipos médicos, juguetería, ropa, calzado, adhesivos, revestimientos de rodillos y juntas entre otros, que en concordancia con la Verified Market Research, el volumen expresado en toneladas métricas, para el mercado mundial del caucho, está segmentado en el análisis de: producción, consumo, exportación e importación concatenado a las tendencias de precios en los mercados de América del Norte, Europa, Asia Pacífico, América del Sur y África. El proyecto comercial del caucho para el año 2030, espera alcanzar US$46,66 millones de dólares, con una tasa de crecimiento del 4,51%; este sector puede estar generando más de 300000 millones de US/año y ocupa aproximadamente 40 millones de personas, que incluyen sus familias con empleos directos e indirectos. Las plantaciones del caucho, tienen algunas repercusiones sociales debidas a la insostenibilidad del precio, el uso de la mano de obra infantil y la desigualdad de género que, por lo tanto, se requiere de una transformación industrial desde su parte artesanal hasta la aplicación de las nuevas tecnologías en su industria. Los pequeños propietarios o recolectores de caucho también se enfrentan a otros problemas, como los elevados costos de producción, que son consecuencia directa del amplio uso de insumos químicos como fertilizantes y pesticidas que son muy costosos, debido a las fluctuaciones de los mercados mundiales. Para finalizar estos aportes a la revolución de las energías renovables, es comprensible adentrarse en la problemática dada por la escasez del agua y la mano obra no tecnificada para la transformación del látex, que en gran medida contribuye a la contaminación ambiental, con efectos negativos para la salud humana y de los ecosistemas que, como material de desecho frente al proceso de incineración, contamina gravemente la biosfera. https://preferredbynature.org/es/newsroom/por-que-es-necesaria-la-sostenibilidad-en-la-industria-del-caucho#:~:text=El%20caucho%20natural%20es%20una,y%20procesarlo%20de%20forma%20sostenible.